El Supremo anula el primer despido colectivo de la reforma laboral

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Esta semana hemos conocido una importante Sentencia dictada por el Tribunal Supremo, ya que es la primera vez que el Alto Tribunal falla sobre un expediente de regulación de empleo tras la aprobación de la pésima reforma laboral del gobierno Rajoy.

La Sentencia declara probado que la empresa afectada no negoció de buena fe con la representación sindical, al no mejorar su oferta inicial relativa a las indemnizaciones de la plantilla afectada, y además no entregó la documentación necesaria sobre la situación financiera alegada.

El Tribunal Supremo confirma la anulación del despido colectivo que afectaba a 28 personas, por no cumplir con las exigencias de documentación y negociación que exige el reglamento de regulaciones de empleo vigente entonces.

Entre los argumentos más importantes que utiliza el TS para la anulación está que la empresa no mejoró durante el periodo de negociación la oferta inicial a los afectados (20 días de indemnización por año trabajado, el mínimo legal), y declara que “tal postura no constituye una negociación, proceso caracterizado por su dinámica de concesiones o de construcción de soluciones y opciones consensuadas. Quien se acerca a una mesa de consultas de un expediente de regulación de empleo con una única posibilidad sobre la mesa, la suya, no negocia […], y tal comportamiento no constituye una negociación de buena fe”.

Como sabéis, la nefasta reforma laboral, que hasta la fecha el único fruto que ha dado son las vergonzosas y dramáticas cifras de paro que tenemos en España, facilitó los despidos colectivos al anular la autorización administrativa y definir como causa económica la caída de facturación durante tres trimestres consecutivos.

No obstante, y como sienta la doctrina del Tribunal Supremo en esta importantisima Sentencia, al llevar adelante un expediente de regulación de empleo la empresa tiene que demostrar documentalmente la causa alegada y negociar de buena fe.

Si estas dos premisas no se cumplen, los tribunales tendrán que anular los despidos colectivos.

LSB-USO
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