Las Organizaciones que forman parte del colectivo Red Migreurop hacen pública la Resolución del Juzgado de Instrucción 6 de Madrid, del pasado 13 de enero, que avala la demanda del derecho de acceso de las ONGs al Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid, como observadores, garantes y en su caso denunciantes de los derechos que asisten a las personas internas en el mismo y ordena a la Dirección del centro retirar los impedimentos actualmente existentes.
Esta resolución representa un avance fundamental en el respeto de los derechos de las personas inmigrantes internadas en los Centros de Internamiento, como consecuencia de una sanción de tipo administrativo.
Entre las organizaciones participantes en esta demanda están Pueblos Unidos, SOS Racismo Madrid, Ferrocarril Clandestino, CEAR, la Red Acoge entre otras.
La sentencia se acoge al mandato del artículo 9.3 de la Constitución española sobre el deber de los poderes públicos de promover las condiciones para la efectividad de los derechos y libertades
La agencia de noticias Europapress se hace eco de la noticia indicando lo siguiente: el juez ha constatado que el sistema sólo permite a las ONGs las visitas por las tardes y a un sólo interno y tienen que hacerlas coincidir con las visitas de familiares y amigos, “lo que dificulta y en muchos casos imposibilita la efectividad del derecho a los internos a ser visitados por miembros o asistentes de ONG’s”.
Se espera por parte de las organizaciones que luchan por lo derechos de las personas inmigrantes en España que la sentencia “siente jurisprudencia” y se extienda al resto de CIEs de España.
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