La Audiencia Nacional ha condenado a Alcoa por no respetar los términos pactados en el acuerdo del 15 de enero de 2019 con los sindicatos, tal y como solicitaban en su demanda por conflicto colectivo la Federación de Industria de USO y el resto de fuerzas sindicales de los comités de Avilés y A Coruña.
La Sala de lo Social ha fallado contra la multinacional aluminera y considera que la venta al Grupo Parter no respetó esos términos pactados con la representación legal de los trabajadores. “Por lo que el acuerdo de despido colectivo alcanzado no se ha completado”, reza el auto condenatorio.
Según los magistrados de la AN, “el acuerdo alcanzado el 15 de enero de 2019 entre Alcoa y la representación legal de los trabajadores está plenamente vigente, despliega todos sus efectos jurídicos, y es exigible su cumplimiento, particularmente en lo que se refiere a su apartado 7 ‘Extinciones contractuales por causas objetivas’ y 8 ‘Plan de recolocación externa’”.
- Acuerdo en el conflicto del ERE en la planta de Ugao del Grupo Envases Universales Ibérica - 15 octubre, 2024
- USO solicita criterios claros y seguridad jurídica en la recuperación de cotizaciones de becarios - 14 octubre, 2024
- Sectores con mayor riesgo de siniestralidad laboral: necesarias medidas preventivas - 13 octubre, 2024