Excedencia por cuidado de menores

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La excedencia por cuidado de menores es aquella que el trabajador tanto padre como madre tiene derecho a suspender su contrato de trabajo hasta que el menor cumpla la edad de 3 años, para proceder al cuidado del mismo.

¿La empresa esta obligada a guardarme el puesto de trabajo mientras dura mi excedencia por cuidado de menores?

No, la empresa estará obligada a guardar el puesto de trabajo siempre que la excedencia dure menos de un año. Antes de cumplir el año de excedencia podemos volver a nuestro puesto de trabajo.

Si la excedencia por cuidado de menor es superior a un año y hasta el máximo de tres años, la empresa no estará obligada a guardarnos el puesto de trabajo, pero si deberá ofrecernos un puesto similar o de categoría parecida al puesto de trabajo que teníamos antes de iniciar la excedencia.

¿Si cojo la excedencia por cuidado de hijos pierdo la antigüedad que tengo en la empresa?

No, el trabajador/ra cuando opta por la excedencia por cuidado de hijos debe saber que la empresa deberá computar ese tiempo la antigüedad.

¿Puedo coger la excedencia por cuidado del menor de manera continuada o puedo cogerlo en periodos de tiempo?

La excedencia por cuidado de hijos se podrá coger en periodos de tiempo hasta que el menor cumpla los tres años, es decir, se podría coger en meses sueltos.

¿Se debe avisar con antelación a la empresa para acogernos a esa excedencia por cuidado de menores?

Si, a la empresa se le deberá solicitar la excedencia con una antelación mínima de 15 días por escrito, salvo que el Convenio Laboral que se le aplique disponga otra cosa.

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