El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha reconocido a un trabajador el derecho de recibir indemnización tras solicitar la baja voluntaria, cuando su jornada se vea reducida en más del 20%. Según esta sentencia, esa reducción de jornada se considera una modificación sustancial de las conducciones de trabajo que provoca un perjuicio económico relevante y, por ello, el trabajador puede rescindir el contrato.
La sentencia relata el caso de un trabajador que ha prestado servicios para una empresa de gestión de instalaciones deportivas. Su jornada laboral era de 31 horas semanales, es decir, el 77% de la jornada ordinaria de trabajo. En septiembre de 2020, la empresa le comunicó al trabajador, personalmente y vía Whatsapp, la desafección del ERTE por covid-19, así como la modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT). Redujo su jornada en casi un tercio: pasó de 31 horas a 21,50, es decir, pasaba a ser el 69% de la jornada habitual.
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