Reconocido el teletrabajo a una empleada de Atento por cuidado de mayor

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El Juzgado de lo Social nº3 de A Coruña ha fallado a favor de la demanda presentada por USO contra Atento Teleservicios España reconociendo el derecho a teletrabajo por cuidado de mayor. La empresa Atento había obligado a una trabajadora a reincorporarse de manera presencial al centro de trabajo coruñés a pesar de tener reconocida una guarda legal por cuidado de mayor y solicitar el mantenimiento del teletrabajo para poder conciliar la vida laboral y familiar. En ella recaen los cuidados de su madre de edad avanzada.

En su fallo, que ya es firme tras no presentar recurso la empresa, la justicia reconoce el derecho de la empleada a adaptar su jornada de trabajo por cuidado de su madre, conforme al artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, pasando a prestar su trabajo en régimen de trabajo a distancia o teletrabajo en el horario que realizaba en el régimen de trabajo presencial.

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