Convenio para agilizar la detección e investigación de accidentes laborales

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El CGPJ, la Fiscalía General del Estado y los Ministerios de Justicia, Interior y Trabajo han suscrito un convenio de colaboración para agilizar la detección y alerta ante los accidentes de trabajo graves y garantizar la investigación de sus causas y el enjuiciamiento de sus responsables.

Este convenio marca unos objetivos básicos:

  • Agilizar la detección y alerta ante un accidente de trabajo grave.
  • Garantizar el desarrollo eficaz de la investigación.
  • Facilitar la labor del juez de instrucción y del fiscal para identificar los casos penalmente relevantes.
  • Posibilitar la persecución penal de los delitos por infracción de la normativa en PRL.
  • Mejorar la comunicación entre la Administración de Justicia y los órganos administrativos competentes, lo que permitirá proseguir en vía administrativa la tramitación del correspondiente expediente sancionador en caso de acordarse el archivo judicial de la causa.
  • Facilitar a jueces y fiscales la investigación relativa a la titularidad mercantil, vínculos societarios y relaciones de empresas implicadas en este tipo de delitos para agilizar la ejecución de sentencias condenatorias y evitar que los responsables puedan eludir sus responsabilidades.

El convenio tiene una vigencia de 4 años y establece, también, protocolos de actuación a seguir en caso de accidentes con resultados de lesiones graves, muy graves o muerte.

Se adquiere el compromiso de firma de acuerdos con las comunidades autónomas y fomentar un acuerdo entre trabajadores, empresas, entidades sociales y administraciones públicas.

USO reclama más prevención para evitar accidentes laborales

Desde USO creemos que es necesario que, previamente a este tipo de acuerdos, se escuche a todos los actores implicados, por lo que echamos en falta un proceso de consulta previa plural que ayude a la efectividad del futuro acuerdo.

No obstante, celebramos este tipo de acuerdos aunque no podemos evitar que nos genere cierto recelo y dudas en cuanto a su funcionamiento real, aplicación efectiva y eficacia. No debemos olvidar que este convenio aparece justo después de haberse conocido los datos de siniestralidad del tercer trimestre de 2022, que sitúan las cifras de accidentes laborales en la alarmante cifra de 919.104, quedando por delante todavía el último trimestre del año que abarca la campaña navideña en la que las contrataciones, sobre todo temporales, aumentan.

Este convenio, además, tiene una finalidad puramente reactiva, se centra en el momento en que ese accidente laboral, esa lesión, ha tenido lugar.

Queremos recordar las propuestas que desde USO, en la reunión mantenida el año pasado, se trasladaron al fiscal de Sala Coordinador de Siniestralidad Laboral, Félix Pantoja. Entre ellas, las carencias y problemas que detectamos en cuanto a las diferentes formas que tiene la Fiscalía de conocer los accidentes de trabajo, establecer la gravedad de los mismos y poder definir la responsabilidad inherente. Desde USO entendemos que es necesaria una mayor coordinación entre administración médica, Mutuas, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Inspección de Trabajo, prevencionistas, representantes de los trabajadores y la propia Fiscalía.

Y dado que el acuerdo se centra en la investigación cuando ya se han producido los accidentes laborales, es fundamental que se aborde el problema de la falta de investigación de los partes de lesiones leves, debido a la infradeclaración que emiten las Mutuas, apostando por una mayor coordinación con Inspección de Trabajo, estas investigaciones debieran derivar en algún tipo de responsabilidad de las Mutuas.

Desde USO reclamamos que, desde las Administraciones, se promuevan acciones que se centren en el objetivo principal de la Seguridad y Salud en el trabajo, que es la prevención. Conseguimos mucho más teniendo a nuestro alcance los medios y recursos necesarios para evitar que ese accidente ocurra, que investigando, depurando responsabilidades y condenando a los responsables, ya que, con todo esto, no conseguimos proteger la seguridad y salud del trabajador que ya ha sido dañada.

LSB-USO
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