El 2022 ha finalizado y a muchos trabajadores les surge la duda sobre si las vacaciones que quedaron pendientes de disfrutar del año pasado (porque no las han podido coger antes del 31 de diciembre), todavía las pueden reclamar durante este año, 2023.
A la vista de la nueva doctrina judicial, nos podríamos plantear las siguientes cuestiones: ¿qué pasará con las vacaciones devengadas y no disfrutadas dentro del año natural? Una vez acabado el año natural, ¿todavía se las podrá reclamar? Y, ¿en qué condiciones y con qué límite temporal?.
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