Euskadi: Permisos retribuidos elecciones 28 de mayo de 2023

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Desde el sindicato LSB-USO Euskadi te informamos de los permisos retribuidos y no recuperables para participar, bien en la mesa o para acudir a votar, en las elecciones Locales y a Juntas Generales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa el 28 de mayo de 2023.

¿Trabajas el día de las votaciones: 28 de mayo de 2023?

LSB-USO te informa que: Tienes derecho a un permiso retribuido durante la jornada laboral que te corresponda a ese día para que puedas participar en las elecciones.
Debes saber que ese permiso: NO es recuperable.

¿Cómo te lo debe pagar la empresa?

En la empresa, te deben pagar con el salario que te corresponda como si hubieras trabajado normalmente. Es más, si te correspondiera una prima o incentivo, te la pagan también calculando la media percibida por dicho concepto. Para hacer la media, desde LSB-USO te decimos que se toma de referencia los 6 meses trabajados inmediatamente anteriores. Esto es sí o sí, pues así lo ha regulado el Gobierno Vasco en la Orden de 21 de abril de 2023

¿Cuánto dura el permiso para que puedas ejercer tu derecho a votar?

Aquí debes tener en consideración cuánto tiempo coincide tu jornada ese día durante el horario de apertura de los locales electorales. También variará la duración si trabajas a jornada completa o reducida.
La casuística a veces es muy variada: en caso de duda contacta con LSB-USO https://lsb-uso.com/delegaciones-lsb-uso/ y te lo explicamos.

¿Cuándo puedes coger ese permiso?

Será tu empresa, en base a la organización del trabajo, la que determine el horario del disfrute para ejercer el derecho al voto. Eso sí, en cualquier caso, debes disfrutarlo dentro del horario de apertura de los locales electorales.

¿Qué justificante debes presentar?

El justificante de haber votado, expedido por la mesa electoral.

¿ Y si eres miembro de mesa, interventor a o apoderado?

También tienes permisos NO recuperable y que debe ser retribuido por la empresa una vez que lleves el justificante de haber participado en la mesa electoral. En el caso de los miembros de mesa e interventores, además disfrutarán de un permiso de las 5 primeras horas de tu jornada laboral del día siguiente.

¿Y si eres miembro de mesa, interventor o apoderado y trabajas en el turno de noche?

Tienes derecho a cambiar el turno de dicha noche, pero debes solicitarlo expresamente a la empresa.

¿Tengo permisos para hacer el voto por correo?

Sí, será un permiso retribuido y no recuperable de como máximo 4 horas libres, para que puedas formular personalmente la solicitud de certificación necesaria para poder emitir tu voto por correo.

Te dejamos este esquema en formato PDF pero si tienes alguna, es mejor que contactes con tiempo, con LSB-USO en el 945271788 en Araba; en el 944441466 en Bizkaia y en el 943466749.

LSB-USO
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