El retraso en el salario justifica extinguir el contrato con indemnización

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El Tribunal Supremo afirma que no cumplir con la liquidación y el pago de salario de manera puntual y en fecha convenida, provocando retraso reiterado, constituye un incumplimiento grave por la empresa que justifica la extinción indemnizada del contrato.

En el caso que juzgaba el Supremo, el trabajador percibió el salario con retraso de abril de 2019 a marzo de 2020, siendo el promedio de éste de 10,5 días. Por ejemplo, el abono del salario de abril de 2019 se efectuó en dos pagos: el 20 de mayo y el 31 de mayo de 2019. En este caso, el trabajador se vio perjudicado por este retraso en el pago de su salario, planteando ante los juzgados si dicho retraso tiene la gravedad suficiente para justificar la resolución indemnizada de su contrato de trabajo.

El 28 de septiembre de 2020, el Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid dictó sentencia en la que desestimó la demanda del trabajador, dándole la razón a la empresa, Ventas y Servicios Técnicos de Centro S.L, en cuanto al pago irregular del salario.

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