Novedades en materia de incapacidad temporal que entran ahora en vigor

Tiempo de lectura aproximado: < 1 minutos

Según recoge el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, en el que, entre otras cosas, aparecen novedades previstas para este año en relación con los procesos de incapacidad temporal, resaltamos algunas novedades que ya están vigentes para saber, en todo momento, cómo hemos de actuar en caso de encontrarnos de baja y reunir las condiciones que se indican.

Se suprimen los equipos de valoración de incapacidades (EVI) y de comisiones de evaluación de incapacidades (CEI) en actuaciones de procesos de IT de más de 365 y menos de 545 días.

¿Esto qué quiere decir?

Significa que, a partir del 17 de mayo, es la Inspección Médica del INSS el órgano que gestiona el proceso de incapacidad temporal (IT) cuando la duración exceda de los 365 días, pero no llegue a los 545. En este caso, la inspección médica puede emitir:

Leer artículo entero en USO

LSB-USO
Siguenos en: