Ver webs o redes sociales en el trabajo, ¿puede ser motivo de sanción o despido?

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Situaciones que, a primera vista parecen ser inocentes, como entrar en una web o en nuestras redes sociales durante nuestras horas de trabajo puede tener consecuencias jurídicas, que pueden ser graves para los trabajadores.

A día de hoy es casi normal que subamos fotos o comentarios de nuestra vida personal o profesional en Facebook, Instagram, LinkedIn, Twitter, TikTok, etc. A veces no somos del todo conscientes, de que lo que subimos y el tiempo que dedicamos a esta actividad durante la jornada laboral, pueden ser causa de falta o incluso de despido.

Por una entrada rápida en Facebook para ver si alguien ha comentado nuestro post o por comentar una foto en Instagram de un amigo que está de viaje en Tailandia en horario laboral, o por enviar un correo electrónico personal desde nuestra dirección corporativa, ¿el jefe nos puede sancionar o incluso despedir? Resolvemos todas las dudas.

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