Desde el sindicato LSB-USO te informamos que ya está en marcha el III Plan de Igualdad de PROSEGUR para garantizar el principio de igualdad y no discriminación en el marco de las relaciones laborales. Un documento para velar por el cumplimiento íntegro y efectivo del principio de igualdad y no tolerar conductas o actuaciones que supongan o puedan suponer potencialmente, directa o indirectamente, discriminación por razón de sexo, en cualquiera de sus manifestaciones.
Además, toda persona trabajadora del Grupo PROSEGUR sea del colectivo que sea, forme parte de un equipo directivo o no, está obligada a respetar el mencionado principio, debiendo, en todo momento, abstenerse de realizar comportamientos, actuaciones, o manifestaciones que se traduzcan, directa o indirectamente, en discriminación, debiendo asimismo poner en conocimiento cualquier vulneración del principio de referencia del que pueda ser conocedor o conocedora.
El Plan está compuesto por 11 puntos y dos anexos que te facilitamos en este PDF. Habiendo acordado la terminología al efecto.
- Acciones positivas.
- Acosos por razón de sexo.
- Acoso sexual.
- Brecha de género.
- Brecha salarial.
- Coeducación.
- Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
- Corresponsabilidad.
- Desagregación de datos por sexo.
- Diagnóstico de situación.
- Discriminación directa por razón de sexo.
- Discriminación indirecta por razón de sexo.
- Discriminación salarial.
- Diversidad de género.
- División sexual del trabajo.
- Doble jornada.
- Estereotipos de género.
- Género.
- Igualdad de trato y oportunidades.
- Igualdad efectiva.
- Mainstreaming.
- Participación equilibrada.
- Perspectiva de género.
- Plan de Igualdad de las empresas.
- Segregación horizontal.
- Segregación vertical.
- Trabajo de igual valor.
- Violencia de Género
ADJUNTO:
– Plan Igualdad Prosegur 2023-2027.
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