Informe de la vida laboral

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¿Entiendes el Informe de tu vida laboral? Desde el sindicato LSB-USO te aclaramos los aspectos más relevantes para que entiendas el informe de vida laboral.


¿Qué es el Informe de la vida laboral?

Es un documento oficial emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), entidad gestora de la Seguridad Social que gestiona todo lo relacionado con la afiliación al Sistema (altas, bajas y variación de datos). Este informe es gratis.

¿Qué datos tuyos están recogidos en la Seguridad Social?

Por lo general, en el informe que te emite la Seguridad Social sobre tu vida laboral coincide con la realidad; sin embargo, puede haber situaciones de tu vida laboral que no han sido registradas o erróneas. Esto puede pasar cuando se refiere a trabajos realizados con anterioridad a la existencia de bases informáticas. Si es tu caso y detectas algo así debes presentar una reclamación de datos de tu vida laboral, aportando la información que dispongas.

En la gran mayoría de los casos, lo que usted recibe se corresponde al 100% con la realidad. Pero existen situaciones que pueden no estar registradas, o ser erróneas. En la mayoría de los casos se producen con trabajos realizados hace muchos años cuando no existían bases informáticas. Si detecta un error debe presentar una reclamación de datos de su vida laboral y, en la medida de lo posible, aportar la información de que disponga.

Puedes utilizar este enlace.

El Informe

En la primera columna viene el REGIMEN

El trabajo por cuenta ajena se incluye en el régimen general. Si has trabajado por cuenta ajena, o en el régimen del mar o de la minería del carbón, etc. figurará la rúbrica correspondiente.

En la Segunda columna figura la empresa y las situaciones asimiladas

Ahí viene especificado el concepto por el que has cotizado a la Seguridad Social. En primer lugar, puede ser una empresa, identificada con un número que es el Código de Cuenta de Cotización. Si la empresa eres tu mismo, como autónomo, figurará la clave de la provincia en la que te diste de alta.

Además aparecen otras situaciones llamadas “asimiladas al alta” en las que has cotizad, como por ejemplo: la prestación por desempleo (donde cotizas por una parte), las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, el convenio especial, etc.

En la tercera columna figura día en que empezó la situación y el día que tiene efectos

La fecha de alta es la fecha en que empiezas a cotizar por una situación; cuando te dan de alta en una empresa, por ejemplo. Suele coincidir con la fecha de efectos, aunque a veces puede variar.
Recuerda que las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen. Si se presentan con posterioridad surten efectos (en orden a causar derechos en la Seguridad Social) en el momento de la presentación. Sólo en casos muy concretos es posible rectificar la fecha de efectos.

En la quinta columna figura la fecha de baja=final de la situación laboral

La baja es la baja laboral o en una situación asimilada claro; no una baja por enfermedad.

Aquí queda reflejado cuando finaliza una situación y se deja de cotizar por ella.

Recuerda que hay un plazo de hasta seis días para presentar una baja que ya se ha producido.

Si la baja en el trabajo no se ha producido, en el recuadro hay unas rayas discontinuas, que indican que la situación prosigue.

En la sexta columna viene el tipo de contrato de trabajo (C.T.)

C.T. es la clave que identifica a efectos de la gestión de la Seguridad Social, la modalidad del contrato de trabajo. Identifica un contrato indefinido a tiempo completo por ejemplo (clave 100), o un contrato a tiempo parcial (clave 200).

En la séptima columna por si has trabajado a tiempo parcial…

C.T.P.% identifica el coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en tu convenio. Si la jornada normal es de ocho horas y has estado trabajando cuatro horas diarias, reflejará un coeficiente del 50%. Esto es importante para computar los días totales trabajados puesto que aquí el trabajador cotiza un día por cada dos trabajados (o en la proporción que corresponda respecto a la parcialidad).

En la octava columna figura tu grupo de cotización. (G.C.)

Existen tramos o categorías profesionales asociadas a los trabajos. La columna G.C. los identifica, y van del 01 al 11. 01 corresponde a ingenieros y licenciados; 10 a peones y 11 a menores de 18 años.

Ahora bien…. ¿Esos son los días?

La suma de todas las situaciones determina el total de días cotizados a la Seguridad Social desde el inicio de tu vida laboral hasta la fecha en que se emite el informe.

Puede que no te coincidan los números. Normalmente se debe –además del trabajo a tiempo parcial arriba mencionado- a que has atravesado una situación de pluriempleo o de pluriactividad.

Pluriempleo es cuando trabajas en más de una empresa simultáneamente. Sólo te computarán un día entero trabajado, aunque en el mismo día trabaje en más de un sitio. Es decir, no puedes cotizar dos días por cada día trabajado aunque sea en sitios diferentes. Lo mismo sucede en el caso de la pluriactividad, que se refiere al alta simultánea en dos o más regímenes de la Seguridad Social (por cuenta ajena en el general y por cuenta propia en el de autónomos, por ejemplo).

LSB-USO
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