LSB-USO con la Salud Laboral

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Basta ya de engañarnos con una sociedad del bienestar, de la competitividad del diagnóstico de enfermedades, … en lugar de trabajar en condiciones óptimas, estamos enfermando poco a poco, nos estamos esclavizando por las exigencias que nos imponemos y que nos imponen en el Trabajo. De esta manera estamos perdiendo la vida y toca ya abordar la salud en el trabajo.

En muchos casos, por parte de empresas, Administraciones públicas y Gobiernos, no se tiene en cuenta que el coste de la no prevención es incuantificable, porque hablamos de la vida y la salud de las personas.

Según la OIT, la carga económica de las prácticas deficientes en materia de seguridad y salud en el trabajo se estima en el 3,94% del Producto Interior Bruto mundial cada año, lo que equivale a un coste de más de 2.680 millones de euros.

Desde el sindicato LSB-USO continuamos reivindicando la figura de los delegados y delegadas de Prevención, quienes son, la única figura que vela por el cumplimiento de la ley y se hace imprescindible su labor de denuncia como única alternativa para obligar a las empresas y a las administraciones públicas a actuar frente los riesgos laborales.

La Prevención de Riesgos Laborales (P.R.L.) es una deuda pendiente en las PYMES, que es donde se producen la mayor parte de accidentes laborales. Por ello, es fundamental que se celebren elecciones para que, a través de los delegados y delegadas de personal, que son a su vez delegados y delegadas de prevención, se lleve a cabo la labor de defensa, asesoramiento, propuesta y denuncia para conseguir unas condiciones laborales más saludables y seguras.

Los delegados y delegadas de prevención son:

Representantes de las personas trabajadoras con funciones específicas en materia de prevención.

Deben ser consultados e informados sobre: Información sobre riesgos y medidas preventivas

La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos, plan de prevención, evaluación de riesgos, planificación preventiva, EPIS, servicio de prevención…

Accidentes laborales y enfermedades profesionales. Formación en materia preventiva, su proyecto, planificación y contenidos. Los resultados de los controles periódicos y estadísticas de la vigilancia de la salud. Incorporación de personal de empresas de trabajo temporal y condiciones de subcontratas.

Para contribuir a la mejora de las condiciones laborales pueden:

  • Denunciar en la Inspección de Trabajo incumplimientos de la ley o acuerdos.
  • Proponer medidas preventivas.
  • Asesoramiento y apoyo sindical: el servicio de prevención debe asesorarlos.
  • Los asesores y asesoras del sindicato pueden acudir a los Comités SYS. Paralización del trabajo en caso de riesgo grave e inminente.
  • Ser informados sobre los accidentes. Pueden presentarse, incluso fuera de su jornada, en el lugar de los hechos y participar en la investigación.
  • Coordinación de actividades empresariales: los delegados y delegadas de prevención de empresas en las que concurran otras deben ser consultados sobre las mismas. Podrán reunirse con los delegados y delegadas de prevención de las otras empresas o con la plantilla.
  • Inspección de los lugares de trabajo y acompañamiento a los técnicos de prevención en sus visitas de evaluación y a la Inspección de Trabajo.

Garantías y crédito horario

Además del crédito horario establecido por la Ley de 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se garantiza el tiempo necesario para: Reuniones a las que lo convoque la empresa o del Comité de Seguridad y Salud.

Propuestas de LSB-USO para la Acción Sindical en PRL

  • Participar en las evaluaciones de riesgos.
  • Actuar en los cambios de puesto de personas especialmente sensibles.
  • Gestión de los problemas con las mutuas y la incapacidad temporal.
  • Implementación de medidas ante accidentes laborales y enfermedades profesionales.
  • Acompañamiento de técnicos para evaluaciones de riesgos.
  • Tiempo para formación en materia de prevención.
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