¿Te han ofrecido un contrato a jornada parcial?

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¿Te han ofrecido un contrato a jornada parcial? Desde el sindicato LSB-USO te informamos de las peculiaridades de trabajar a jornada parcial.

Si vas a trabajar en régimen de jornada parcial debes saber que tu jornada estará siempre por debajo de la jornada completa; y trabajarás por días, semanas, meses o incluso al año las horas acordadas en el contrato de trabajo. Siempre por escrito.

¿Cómo puedes saber cual es la jornada completa? Debes consultar el convenio colectivo de aplicación (sectorial o de empresa) o la jornada máxima legal.

Los derechos de trabajo a jornada parcial serán los mismos que si trabaras a jornada completa. No puede haber discriminación.  Aunque sí es verdad que en el convenio colectivo puede regular ciertos derechos de forma proporcional, como por ejemplo el descanso diario en caso de trabajar menos horas al día. Otros se mantendrán intactos: como puede ser el plus transporte /día, pues se trata de compensar el desplazamiento al trabajo, cuyo coste no varía en función de la cantidad de jornada.

Recuerda que el mes de vacaciones también se respetará y recibirás la remuneración correspondiente a tu jornada parcial.

Si estas trabajando a jornada parcial NO puedes hacer horas extras, pero sí horas complementarías. Recuerda que deben figurar en tu nómina y te cotizarán por ellas. No aceptes cobros en “B” pues te perjudicarán en tus cotizaciones y prestaciones.

LSB-USO
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