El Sector de Piel y Calzado se Integra al Convenio General de Comercio en Bizkaia (2023-2026)

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Desde el sindicato LSB-USO te informamos que tras la revisión la comisión negociadora constituida en fecha 7 de marzo de 2024 procede a integrar el sector de comercio piel y calzado, sin convenio colectivo sectorial desde el 30 de septiembre de 2013, en el actual convenio colectivo de comercio en general vigente para la provincia de Bizkaia mediante la modificación de su Artículo 1, incluyendo expresamente dicho sector, y añadiendo una nueva Disposición Final Tercera aplicable al mismo.

El 26 de junio de 2024 se ha publicado el texto definitivo que recoge el acuerdo de Integración para Trabajadores del Comercio de Piel y Calzado en Bizkaia.

Pero…. Y esto… ¿Qué significa?

Pues que el sector de comercio de piel y calzado, que no tenía un convenio desde 2013, se unirá al convenio de comercio general de Bizkaia. Así mismo, las personas trabajadoras de este sector tendrán las condiciones laborales claras y actualizadas.

Desde LSB-USO te exponemos los 4 puntos clave de este acuerdo:

1. Nueva Regulación: A partir de la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia, este sector de comercio de piel y calzado se regirá por el convenio de comercio general de Bizkaia.
2. Beneficios: La integración beneficiará a trabajadores/as y empresas, asegurando una regulación actualizada de las condiciones laborales.
3. Condiciones Específicas: Se aplicarán las reglas del convenio de comercio general, excepto en algunos casos específicos que se detallarán por separado para el convenio de piel y calzado.
4. Validez Completa: El acuerdo solo es válido si se aplica en su totalidad. Si alguna parte se anula, el acuerdo entero dejará de estar en vigor y se tendrá que negociar un nuevo convenio.

Desde la Federación de Servicios de LSB-USO señalamos que es un paso importante porque asegura que todos los trabajadores/as del sector de piel y calzado en Bizkaia tengan condiciones laborales actualizadas y reguladas, brindando estabilidad y claridad para todos.

Te facilitamos en este PDF el texto definitivo publicado en el BOB con la actualización del artículo 1 y la disposición Adicional Tercera en la que se detalla Integración del Sector de Comercio Piel y Calzado de Bizkaia en el Ámbito de Comercio en General, donde se regulan las Condiciones laborales específicas aplicables al sector de la piel y el calzado.

Si trabajas en el sector y tienes dudas sobre tu situación laboral, contacta en Bizkaia en el 94 444 14 66 o en el 94 449 00 62.

LSB-USO
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