Desestimado el recurso de casación interpuesto por la representación letrada de ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL -AESPRI- contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el 17 de diciembre de 2015, en el procedimiento número 284/2015, seguido a instancia del citado recurrente, en contra del Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad privada.
Adjunto:
– Sentencia FTSP 16-03-2017.pdf.
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